Como cada año se publicará al finalizar el mismo la convocatoria que regula la evaluación de los tramos de investigación del personal universitario e investigador funcionario. Como paso previo a esta convocatoria se ha publicado la resolución que recoge los criterios que los comités de evaluación tendrán en cuenta para evaluar los sexenios de investigación en función de los diferentes campos de conocimiento.
Con carácter general las mayores modificaciones respecto a años anteriores se producen en los subcampos propios de las Ciencias Sociales. En el campo 1 de Matemáticas y física, campo 2 de Química, campo 3 de Biología Celular y Molecular, campo 4 de Ciencias Biomédicas, campo 6.1 de Tecnologías Mecánicas y de Producción, campo 6.2 de Ingeniería de la Comunicación, Computación y Electrónica y campo 6.3 de Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo no se ha producido ningún campo respecto al año anterior.
El campo 7.1. de Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de Estudios de Género es el que más modificaciones sufre empezando por la inclusión de los Estudios de Género como área independiente dentro del campo. Se excluye como listado de referencia para valoración de la aportación la indexación de la revista en Arts & Humanities Citation Index. Las referencias para obtener “con carácter orientativo” el sexenio se mantienen para Sociología, de Ciencia Política y de la Administración, y de Comunicación; Psicología y para Biblioteconomía y Documentación y se agregan nuevas referencias para áreas como Estudios de Género y Antropología Social, Trabajo Social y Servicios Sociales e Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales.
En el campo 7.2 de Ciencias de la Educación se elimina también como criterio de calidad la indexación al Arts & Humanities Citation Index y se añade el hecho de publicar en una revista incluida en Dialnet Métricas.
Para el campo de Económicas y Ciencias Empresariales pierde peso la inclusión de una revista en SJR haciendo mención exclusivamente a revistas incluidas en JCR como méritos orientativos para ser concedido el sexenio.
Para la valoración de libros y capítulos de libro en el campo 10 de historia, geografía y artes se valorará, además de editoriales en SPI, aquellas que cuenten con sello de calidad de edición académica CEA-APQ y en el campo 11 de filosofía, filología y lingüística las editoriales recogidas en IE-CSIC.
Por último, en el apartado de criterios generales aplicables a todos los campos se elimina la mención al sello de calidad de FECYT para las revistas y se incluye específicamente en los campos 7.1, 7.2, 9, 10, 11.